Código de Ética

Mensaje de la Dirección

La reputación de una compañía es un activo que no tiene precio y es extremadamente frágil.
A diferencia de otros activos corporativos, una buena reputación no puede comprarse. Tan sólo puede ganarse, y esto es solamente un compromiso a largo plazo y a toda prueba por parte de los empleados. Sin embargo, basta un paso en falso para despojar rápidamente a una compañía de su buen nombre y comprometer su éxito financiero.
Todos tenemos la responsabilidad de preservar y enaltecer la reputación de todas las empresas que conforman el grupo AGD. De todos nosotros depende conducir los negocios de tal manera que se promuevan los principios más altos de integridad y conducta ética.
Este código no cubre todas las situaciones a las cuales se enfrentarán Uds. en la Empresa, pero servirá como guía junto con su sentido común. Cuando requieran más ayuda hablen con su superior o con el área de Recursos Humanos.
Sé que podemos confiar en Uds. para mantener muy alto el prestigio de nuestra Compañía. Este también es mi compromiso y el de toda la Dirección.

Atentamente. 

Adrián A. Urquía
Director

 

HONRADEZ

Su conducta no es solamente un reflejo de usted como individuo sino también como representante de AGD (*). Es necesario que usted haga su mayor esfuerzo por mantener los más altos niveles de integridad.
Los mayores estándares requieren mucho trabajo, valor y con frecuencia representan alternativas difíciles. Existen momentos en que escoger el camino adecuado significa dejar pasar negocios u oportunidades personales.
Este código, aunque no incluye todo, muestra las normas básicas de conducta ética que AGD espera de sus empleados.

(*) Cada vez que se cite la sigla AGD se está haciendo mención en forma simultánea a todas sus compañías vinculadas.

RESPONSABILIDAD

Todos los empleados tienen la responsabilidad de conocer y cumplir con los detalles y con el espíritu del presente Código de Ética, así como, todas las políticas, lineamientos, normas y procedimientos. Proteger la reputación de AGD significa cumplir con el Código las veinticuatro horas del día. Incluso fuera de su trabajo a Usted se lo reconoce como un empleado de esta Compañía.
También es importante que Usted estimule y aliente a los demás empleados para mantener muy alto nuestro Código, que reporte cualquier violación que sospeche y que coopere con la Empresa para hacer cumplir sus disposiciones.

CUMPLIMIENTO DE LA LEY

La política fundamental del Código de Ética es el compromiso por parte de AGD de conducir sus negocios con un apego total a las leyes aplicables. Usted será responsable de ser consciente de dichas leyes y de que su conducta se apegue a los requisitos legales que afecten a su trabajo, así como, de comunicar este estándar a cualquier colaborador bajo sus órdenes.

VALORACION DE LOS EMPLEADOS

AGD espera que todos sus empleados sean tratados con dignidad, que se respeten sus derechos y se preserve su intimidad. Esto es aplicable a todo el personal, sin importar su edad, educación, sexo, incapacidad, nacionalidad, raza, religión u orientación sexual.

1. Igualdad de oportunidades

Las decisiones acerca de la selección y promoción de los empleados debe tomarse sobre la base exclusiva de la calificación del candidato al puesto. Es intención de AGD que ningún candidato a un puesto sea objeto de discriminación de cualquier tipo.
Esta práctica de igualdad de oportunidades se aplica a todas las funciones de Recursos Humanos, incluido el reclutamiento, contratación, despido, promoción y capacitación.

2. Ambiente del lugar de trabajo

AGD procura mantener un ambiente de trabajo libre de intimidación, violencia, amenaza de violencia y acoso verbal o físico, incluido el acoso sexual.
El acoso sexual comprende proposiciones sexuales que ofendan la moral y ética de terceros, solicitud de favores sexuales y otra conducta verbal o física que vaya más allá de la conducta habitual en relaciones profesionales amistosas.
No será tolerada la intimidación física, las amenazas o conductas amenazantes, las agresiones o conductas similares que afecten las condiciones de trabajo o el desempeño laboral de la persona. 

3. Relaciones sentimentales en el trabajo

AGD acepta las relaciones sentimentales entre los compañeros de trabajo pero exige que sean mantenidas de acuerdo con las más altas normas de profesionalidad. A fin de preservar la objetividad y la profesionalidad, la Compañía desalienta las relaciones sentimentales entre compañeros de trabajo del mismo sector y no permite las relaciones sentimentales entre colaboradores que trabajen en relación de dependencia directa. En tales casos, la política de la Empresa exige que una de las partes de la relación sea transferida a otro sector.

4. Contratación de personas

De conformidad con la práctica de igualdad de oportunidades de empleo, las consideraciones excluyentes en la selección y promoción de personal calificado son la equidad y el evitar percepción alguna de favoritismo. Si bien la contratación de un amigo o pariente de un empleado es totalmente admisible, debe resultar claro que tal amigo o pariente no recibió trato preferencial en detrimento de otros candidatos al puesto.
Quienes se postulen para cubrir un puesto deberán cumplir Qcon los requisitos de ingreso establecidos en la normativa interna vigente.

5. Lugar de trabajo libre de drogas

Se espera que todos lo empleados cumplan con las funciones de su puesto sin hallarse inhibidos por los efectos del alcohol o las drogas. Esto es esencial para mantener los niveles requeridos de desempeño y garantizar su seguridad y la de sus compañeros de trabajo.
Esta práctica prohibe la posesión de drogas ilegales, y el uso inadecuado o abuso de drogas legalmente recetadas, o alcohol dentro de las instalaciones de la Empresa o mientras se realizan las actividades relacionadas a la Compañía. 

6. Confidencialidad de los legajos del personal

AGD reúne y conserva información y registros de recursos humanos relativos a los empleados individuales, que son pertinentes para la relación funcional, y necesarios y útiles para conducir y administrar los asuntos de la Compañía.
La Empresa salvaguardará los registros y legajos contra intromisiones, manifestación no justificada de su contenido en forma total o parcial y uso indebido. Todos los legajos del personal se consideran documentos confidenciales y no pueden ser revelados, salvo en el caso de la defensa legal del empleador o si lo exige la ley.
Cualquier persona a quien se otorgue acceso a tales legajos deberá salvaguardarlos y mantener la confidencialidad de la información que allí conozca. 

ACTIVOS DE LA EMPRESA

1. Utilización de los bienes de AGD

Es responsabilidad de los empleados proteger los bienes de AGD contra pérdida, robo, abuso, uso, acceso o disposición sin autorización.
Los “bienes de AGD” incluyen sistemas computacionales principales y las aplicaciones de oficina, los equipos y maquinarias (muebles y útiles, vehículos, herramientas, etc.) y los espacios de trabajo proporcionados para que sean utilizados por los empleados en el curso del trabajo.
Estos bienes también incluyen todos los productos y/o información creados con estos activos, así como el resultado de cada uno de los esfuerzos intelectuales que el empleado desarrolle en cumplimiento de sus obligaciones contractuales (sea que se traduzcan en una obra realizada por encargo, o que resulten una invención, un descubrimiento o un modelo de trabajo o un diseño industrial), que pasarán automáticamente a constituir propiedad intelectual de AGD y se entenderá retribuido con la contraprestación que éste paga al colaborador.
Si bien AGD no controla en forma rutinaria el uso de los activos, la Compañía se reserva el derecho de efectuar revisiones sobre el estado y/o uso en cualesquiera y todos sus bienes.
Este Código prohíbe a los empleados que utilicen el nombre, marcas registradas, nombres comerciales, patentes u otra tecnología o información, o que hagan uso de su cargo o su lugar físico en la Compañía para fines no relacionados con sus responsabilidades laborales. 

2. Confidencialidad de datos e información

En cumplimiento de las tareas encomendadas a sus empleados, éstos pueden tener acceso a información secreta y confidencial de AGD y/o terceros que le hayan confiado tal información.
Del mismo modo, mediante su actividad personal o en equipo, se generará en ocasiones información valiosa que se incorporará al patrimonio de AGD.
La información confidencial es aquella referida a AGD o a sus productos que no se divulga al público en general, porque podría dañar los intereses de la Compañía si se difunde en forma inoportuna o sin autorización. La información confidencial deberá conservarse en estricto secreto durante y después de su período laboral. Es obligación del empleado devolver a AGD toda y cualquier documentación, publicación, material o antecedente sustentado en cualquier tipo de soporte que constituya una información confidencial (aún cuando eventualmente se tratara de obras mantenidas como inéditas, de invenciones o descubrimientos no patentados o de modelos, diseños o procesos industriales no registrados por AGD).
Esta información confidencial no deberá compartirse con medios de comunicación, competidores u otros intereses externos, o utilizada de forma que alguien obtenga una ventaja injusta personal o en los negocios.
Los empleados de AGD deben adoptar medidas para garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos e información de la Empresa. Esto incluye la identificación de los datos que deben ser protegidos, el suministro de un nivel de protección adecuado para esos datos, y el otorgamiento de acceso a los datos protegidos solamente a aquellas personas que deben utilizarlos en el desempeño de sus funciones.

INTERESES PERSONALES

Deben evitarse los intereses personales que estén o parezcan estar en conflicto con los intereses de AGD, o que influyan o parezcan influir en el criterio o las acciones de los empleados al cumplir con sus obligaciones.
Esto no implica de ninguna manera restringir las actividades externas de nuestro personal, ni tampoco intervenir en sus vidas privadas. De cualquier manera, debemos tratar de evitar por todos los medios posibles, la aparición de conflictos de intereses para la protección del personal y de la Empresa por igual. 

1. Actividades externas de negocios

Usted no podrá llevar a cabo ninguna actividad privada de negocios en forma periódica que impidan o limiten, de alguna manera, el mejor desempeño de sus obligaciones como empleado de AGD. 

Está prohibido:

  • Trabajar para proveedores, clientes o competidores de AGD o prestar servicios en nombre de ellos.
  • Realizar actividad personal, lucrativa, distinta de sus tareas y responsabilidades en la Empresa, que pueda interferir con los intereses de AGD.
  • Pertenecer a una sociedad con fines de lucro, ya sea en condición de Socio, Director, Asesor, Síndico o en cualquier otra que requiera de sus conocimientos o experiencia personal o profesional en forma permanente o discontinua, cuyos intereses se contrapongan a los de AGD o que requiera la dedicación de su tiempo de manera tal que resulte en desmedro del que debe dedicar a nuestra Empresa.
  • Ser empleado, socio o tener participación en los negocios, recibir pago alguno por ningún concepto de un competidor, proveedor, representante o cliente de AGD.
  • Negociar, por cuenta personal, en mercados a término de mercaderías, opciones o instrumentos similares, así como, futuros en mercados donde participe la Empresa.

2. Representando a AGD

Podrá participar en organizaciones o instituciones sin fines de lucro (gubernamentales, educativas y cívicas, y en los consejos directivos de clubes privados, asociaciones de caridad o beneficencia, hospitales, etc.), siempre y cuando su participación o servicio prestado no interfiera con sus obligaciones como empleado de AGD. Si su participación o servicio dependen de su empleo en la Compañía, se requiere la autorización de la gerencia de Recursos Humanos.
Fuentes externas piden frecuentemente a los miembros de conducción de las distintas unidades operativas o de servicios de AGD que participen en entrevistas, conferencias o escriban artículos que traten sobre las actividades de la Compañía, o en donde se expresen sus puntos de vista. Usted deberá asegurarse que tanto el contenido como la ocasión de una entrevista, artículo o discurso hayan sido aprobados antes por su gerencia y que el área de Recursos Humanos esté de acuerdo. Cualquier honorario, reembolsos de gasto u otras remuneraciones relacionadas con estas actividades deberán ser pagadas a AGD.

RELACIONES CON PROVEEDORES, DISTRIBUIDORES Y CLIENTES 

1. Relaciones generales

En el curso normal de los negocios con proveedores, distribuidores y clientes, es frecuente que surjan dudas respecto de viajes, gastos de representación, regalos y otras gratificaciones. Cuando se presenten estas situaciones se deberá limitar la participación a aquellas actividades que sean apropiadas y congruentes con la imagen de un representante de AGD y apegarse a los siguientes lineamientos:

  • Podrán aceptarse invitaciones a comer de parte de un proveedor, distribuidor o cliente si son hechas con un objetivo legítimo de negocios y son parte integral de una agenda de trabajo. 
  •  No se permite que un proveedor, distribuidor o cliente pague gastos de viaje o estadía. Se permite excepciones en los viajes de negocios realizados en un transporte u hospedándose en un alojamiento propiedad de un proveedor, distribuidor o cliente previa autorización de un jefe o gerente.
  • No se recomienda que un proveedor, distribuidor o cliente proporcione bienes o servicios de naturaleza personal, incluso cuando éstos sean pagados por el empleado. Cuando no sea posible evitarlo, deberá pagarse el valor justo de mercado y dicho pago deberá documentarse.
  • Se prohibe la solicitud o aceptación de ayuda financiera personal, de cualquier tipo, de parte de un proveedor, distribuidor o cliente.
  • No se permite el patrocinio por parte de un proveedor, distribuidor o cliente de eventos deportivos, actividades recreativas o fiestas de despedida de empleados. La regla básica es que ningún empleado por su cuenta o en representación de la Empresa deberá solicitar o aceptar la participación de proveedores en eventos patrocinados por empleados o la Compañía; dicha participación podría alterar la relación normal con estos proveedores.
  • Los empleados pueden aprovechar descuentos y demás promociones ofrecidas por un proveedor, distribuidor o cliente de AGD, siempre y cuando dichos descuentos estén disponibles para todos los empleados. Se prohiben todos aquellos descuentos solicitados o negociados en representación de la Empresa, o que se proporcionen de esa manera y que solamente se ofrezcan a un número limitado de empleados.
  • Los empleados nunca deberán solicitar regalos de un proveedor, distribuidor o cliente de AGD, y podrán ser aceptados cuando se den en forma voluntaria y no exista, por su monto, probabilidad razonable de que estos regalos influyan en su criterio o actos durante el desempeño de sus obligaciones, tal como lo establece la política respectiva.  Deberán devolverse todos aquellos regalos que no cumplan con estos criterios. Si no es práctico hacer una devolución (es el caso de alimentos o artículos perecederos) el regalo podrá donarse a nombre de AGD a alguna asociación de caridad local. En todos los casos, el donante deberá ser informado sobre la política de nuestra Empresa. 

2. Compras de productos o servicios

En el curso normal de los negocios con proveedores, con el objeto de adquirir bienes o servicios; al momento de solicitar una cotización el empleado deberá apegarse a los siguientes lineamientos:

  • En los casos en que se deba explicar o aclarar técnicamente una obra o servicio, se debe realizar en forma conjunta a todos los posibles proveedores.
  • No se debe incluir o invitar a cotizar a proveedores que se sabe de antemano que no son válidos o carecen de los elementos o conocimientos necesarios para poder cubrir los requerimientos solicitados.
  • Se debe evitar que coincida en un mismo proveedor, en una misma obra, los roles de "servicio de ingeniería", "proveedor de la obra" y "supervisión de terceros contratistas".

CALIDAD

El compromiso de AGD con la calidad y con los procesos de mejoramiento aplicados es esencial para su crecimiento y prosperidad. Los empleados deben esforzarse por ir más allá de las expectativas de los clientes, tanto internos como externos, y mejorar continuamente la calidad de sus productos y servicios. 

VIOLACIONES AL CODIGO Y POLITICAS DE AGD

Las violaciones del Código de Ética, o de cualquier otra política, lineamiento o procedimiento interno pueden dar como resultado una medida disciplinaria acorde, que puede incluir el despido e incluso el entablar procedimientos legales.
AGD se reserva el derecho de modificar, complementar e interpretar el código. Nada de lo incluido en este Código deberá entrar en conflicto con el derecho de AGD de dar por terminado o rescindir, a su discreción, las relaciones laborales.
Como empleado Usted puede tomar conocimiento de una situación o circunstancia que le parezca una violación de los principios y prácticas de este Código. Si esto sucede, es su responsabilidad informar de la potencial violación. Para ello, comuníquese con su Superior o directamente con Recursos Humanos.  Ningún empleado será sancionado por la mera presentación de un informe, y la supuesta violación se investigará de manera confidencial.

DISPOSICIONES GENERALES

Si alguna de las estipulaciones de este Código de Ética, resultara inválida, tal invalidez no acarreará la del resto del Código.
Cualquier tolerancia respecto del cumplimiento de los términos del presente Código, tendrá efectos obligatorios solamente si ha sido concedida por escrito por el responsable de la US Recursos Humanos, se aplicará únicamente a los casos especificados, y no afectará la exigibilidad de los términos y condiciones restantes.